Forma 4868(SP)
Se puede solicitar una prórroga automática de 6 meses para presentar la declaración de impuestos. Para esto, hay que presentar la Forma 4868(SP), Solicitud de Prórroga Automática para Presentar la Declaración del Impuesto sobre el Ingreso Personal de los Estados Unidos. Hay que presentar esta forma no más tarde de la fecha del vencimiento del plazo original para presentar la declaración, que normalmente es el 15 de abril.
Hay tres maneras en que se puede solicitar una prórroga por medio de la Forma 4868(SP):
• Electrónicamente, usando el IRS e-file, por medio de su computadora personal, o a través de un proveedor autorizado de servicios de impuestos,
• Pagando una parte o todo el saldo estimado de impuestos adeudados usando una tarjeta de crédito (American Express, Discover Card, Master Card, o Visa), o
• Enviando la Forma 4868(SP) en papel por correo.
Solicitando una Prórroga Electrónicamente
Para solicitar una prórroga en forma electrónica, debe ir al sitio Web del IRS en www.irs.gov y seleccionar la opción "e-file". Cuando abre la página, tiene que seleccionar uno de los proveedores de software para confeccionar y presentar la declaración. Cuando abre la página del proveedor que usted selecciona, tiene que buscar la opción para presentar la solicitud de una prórroga, que va a decir "Prepare an extension", o "File a tax extension" o alguna opción similar, dependiendo del software. Cuando hace la solicitud de una prórroga de esta manera, va a recibir un acuse de recibo y número de confirmación, el cual debe guardar en sus archivos, pendiente la presentación definitiva de su declaración.
Cuando presenta la solicitud de prórroga usando el IRS e-file, igual tiene que pagar cualquier saldo estimado de impuestos adeudados. Se puede autorizar un retiro electrónico de su cuenta corriente bancaria a través del IRS e-file, si quiere pagar de esta forma.
Solicitando una Prórroga Pagando con Tarjeta de Crédito
Puede pagar una parte o todo el saldo estimado de impuestos con tarjeta de crédito usando uno de los proveedores autorizados indicados en la Forma 4868(SP).
Para acceder a estos proveedores a través del sitio Web del IRS, hay que hacer lo siguiente:
• En la página principal, bajo "Online Tools" (Herramientas En Línea) en el costado izquierdo de la pantalla, seleccione "electronic IRS".
• En la página que se abre, bajo "Individual Taxpayers" (Contribuyentes Individuales), seleccione la opción "Pay Electronically using the Electronic Federal Tax Payment System (EFTPS), Electronic Funds Withdrawal or Credit Card" (Pagar Electrónicamente usando el Sistema de Pago Electrónico de Impuestos Federales, Retiros de Fondos Electrónicos o Tarjeta de Crédito).
• En la siguiente página que se abre, que se llama "Electronic Payment Options" (Opciones de Pagos Electrónicos), bajo "Payment Options for Individuals" (Opciones de Pagos para Individuos), deslícese hacia abajo y seleccione "Credit Card" (Tarjeta de Crédito).
• En la próxima página, que se llama "Pay Taxes by Credit Card" (Pagar Impuestos con Tarjeta de Crédito), se encuentra un listado de los proveedores autorizados para efectuar pagos electrónicos. Tanto el LINK2GOV Corporation como el Official Payments Corp. ofrecen la opción de inglés o español.
Cabe notar que estos proveedores pueden cobrar un cargo por efectuar el pago electrónico.
Llamando por Teléfono
En el caso que no tiene acceso al Internet, puede efectuar un pago con tarjeta de crédito, llamando por teléfono a uno de los siguientes proveedores:
• LINK2GOV Corporation: Tel.: 1-888-729-1040; Servicio al Cliente: 1-888-658-5465
• Official Payments Corp: Tel.: 1-800-272-9829; Servicio al Cliente: 1-877-754-4413
Después de efectuar el pago, por Internet o por teléfono, debe recibir un número de confirmación, que usted debe guardar.
Enviando la Forma 4868(SP) en Papel
Si quiere mandar la Forma 4868(SP) en Papel, hay que completar la forma y enviarla a la dirección correspondiente al estado u otro lugar donde vive, según una tabla que aparece al final de las instrucciones para la Forma 4868(SP). Se puede conseguir esta forma en las oficinas del IRS, en algunos lugares públicos donde tienen formas para la declaración de impuestos, o bien puede bajar la forma del sitio Web del IRS.
Hay que mandar la forma antes que vence el plazo original para la presentación de la declaración de impuestos (normalmente el 15 de abril).
Prórroga Automática Cuando Vive Fuera de los Estados Unidos
Si usted es ciudadano o residente estadounidense y en la fecha de vencimiento del plazo normal para la presentación de la declaración del impuesto federal:
• vive fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico y tiene su principal lugar de negocios o trabajo fuera de los EE.UU. y Puerto Rico, o
• está en el servicio militar o naval y su puesto está fuera de los EE.UU. y Puerto Rico,
se le permite una prórroga automática de 2 meses para la presentación de su declaración y el pago de los impuestos (hasta el 15 de junio normalmente).
Adjunto a su Declaración
Para aprovechar esta prórroga automática, hay incluir un adjunto a su declaración de impuestos, cuando la presenta, que puede ser dentro del plazo prorrogado, indicando que usted califica para una prórroga automática en base de uno de los motivos antes señalados. No hay un formato estándar para esta declaración. Lo importante es que usted se identifica, con su nombre y número de seguro social o número de identificación individual de contribuyente, el año tributario a que corresponde su declaración y cuál de los dos motivos le califica para la prórroga automática.
Prórrogas Adicionales
En adición a la prórroga automática de 2 meses, se puede solicitar una prórroga adicional de 4 meses, por un total de 6 meses (hasta el 15 de octubre para contribuyentes que declaran en base de un año calendario). Para solicitar los 4 meses adicionales, hay que presentar la Forma 4868, pero a diferencia de los contribuyentes en los EE.UU., los contribuyentes fuera del país pueden presentar la Forma 4868 cuando vence el plazo tomando en cuenta los 2 meses de prórroga automática, es decir, normalmente el 15 de junio. Pero esta prórroga adicional de 4 meses más es para presentar la declaración pero no una prórroga para pagar el impuesto adeudado. Cuando presenta la Forma 4868, tendría que pagar el saldo estimado de impuestos.
Además, cuando sea necesario los contribuyentes fuera de los EE.UU. y Puerto Rico pueden solicitar 2 meses más, en adición a la prórroga automática de 2 meses y los 4 meses que solicitan con la Forma 4868, es decir, hasta el 15 de diciembre cuando declaran en base de un año calendario. Para solicitar esta prórroga, hay que enviar una carta al IRS, explicando los motivos por los cuales necesita 2 meses más para presentar su declaración. Esta carta debe ser enviado, antes de la fecha de vencimiento del plazo ya prorrogado (15 de octubre), al IRS a la siguiente dirección:
Internal Revenue Service Center
Austin, Texas 73301-0215
Recibirá una respuesta del IRS solamente en el caso que su solicitud está negada por no ser oportuna.
Prórrogas para Satisfacer Pruebas Cuando Está Fuera de los EE.UU.
Los ciudadanos y residentes estadounidenses que están fuera de los EE.UU. que necesitan más tiempo para satisfacer la prueba de residencia o presencia física en un país extranjero para calificar para la exclusión de ingresos del trabajo en el extranjero o para la exclusión o deducción de los costos de vivienda en el extranjero, pueden conseguir una prórroga más larga de la máxima de 6 meses que normalmente se permite.
Se debiera solicitar esta prórroga si se reúne las tres siguientes condiciones:
1. Usted es ciudadano o residente estadounidense,
2. Espera que va a satisfacer la prueba de residencia o de presencia física en un país extranjero, pero no antes que vence el plazo normal para la presentación de la declaración y
3. Su domicilio tributario, que es el área general de su principal lugar de negocios o trabajo, está en uno o más países extranjeros durante todo el período de su residencia o presencia física en el extranjero.
Si se le concede esta prórroga, normalmente la fecha de vencimiento del plazo prorrogado será 30 días después de la fecha en que razonablemente espera que va a satisfacer la prueba de residencia o presencia física.
Para solicitar esta prórroga, tiene que presentar la Forma 2350(SP), Solicitud de Prórroga para Presentar la Declaración del Impuesto sobre el Ingreso de los Estados Unidos, no más tarde que la fecha de vencimiento original, que en el caso de personas que viven fuera de los EE.UU. y Puerto Rico sería el 15 de junio.
Para Corporaciones, Sociedades, REMICs y Fideicomisos
Además de los contribuyentes individuales, otras entidades también pueden solicitar una prórroga para presentar sus declaraciones de impuestos.
Forma 7004
Las sociedades colectivas, sociedades anónimas, asociaciones colectivas, conductos de inversión en créditos hipotecarios sobre bienes raíces (REMICs) y fideicomisos pueden solicitar una prórroga de 6 meses para presentar alguna de una serie de formas que tienen que presentar, las cuales están individualizadas en la primera página de la Forma 7004, Solicitud de Prórroga Automática de 6 Meses del Plazo para la Presentación de Ciertas Declaraciones del Impuesto a la Renta, Información y Otras Declaraciones de un Negocio.
Esta Forma 7004 fue enmendada en enero de 2006 y ahora reemplaza las siguientes formas que se usaron anteriormente:
• Forma 2758 - Solicitud de Prórroga del Plazo para Presentar Ciertas Declaraciones de Impuestos sobre Bienes y Consumo, Ingresos, Información y Otras
• Forma 7004 (anterior) - Solicitud de Prórroga Automática del Plazo para Presentar la Declaración de Ingresos de una Sociedad Anónima
• Forma 8736 - Solicitud de Prórroga Automática del Plazo para Presentar una Declaración en los EE.UU. para una Sociedad Colectiva, REMIC o Ciertos Fideicomisos
• Forma 8800 - Solicitud de Prórroga Adicional del Plazo para Presentar una Declaración en los EE.UU. para una Sociedad Colectiva, REMIC o Ciertos Fideicomisos
Esta prórroga que se solicita en la Forma 7004 no significa una extensión del plazo para el pago del impuesto correspondiente. Se puede ver las opciones para el pago electrónico de los impuestos que afectan las sociedades anónimas y otras entidades jurídicas en el sitio Web del IRS, en la página principal, seleccionando "electronic IRS", según antes señalado para los contribuyentes individuales.
Forma 1138
Una sociedad anónima que espera que va a tener una pérdida neta operacional en el año en curso, puede presentar la Forma 1138, Prórroga del Plazo para el Pago de Impuestos por una Sociedad Anónima que está Esperando la Imputación de una Pérdida Neta Operacional a un Ejercicio Anterior. Esta prórroga extiende el plazo para el pago de los impuestos del año anterior, pendiente la imputación de la pérdida neta operacional en el año en curso contra los ingresos tributables del año anterior.
Published by Kevin Hagen
Born in Minnesota, USA in 1955; studied Business Administration - Accounting, graduating in 1977 and obtaining CPA license. Worked in corporate accounting environments, eventually becoming a technical trans... View profile
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- Balance - Problemas de Impuestos: www.balancepro.net
- Se puede solicitar una prórroga en línea, usando el IRS e-file.
- Normalmente tiene que pagar el saldo de impuestos estimados cuando solicita la prórroga.
- Personas que viven fuera de los EE.UU. tienen 2 meses más para declarar y pagar.



